Aprobaron la intervención del Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante de la ciudad de Beltrán

Lo aprobó la Cámara de Diputados de la provincia y tendrá vigencia hasta el 10 de diciembre de 2025, una vez que asuman las nuevas autoridades que serán elegidas por el voto popular el próximo 26 de octubre

La provincia02/07/2025Clodomira.arClodomira.ar
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La Cámara de Diputados de Santiago del Estero aprobó esta tarde el Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo de la Provincia y declaró la intervención del Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante de la Municipalidad de la ciudad de Beltrán, departamento Robles, hasta el 10 de diciembre de 2025, una vez que asuman las nuevas autoridades que serán elegidas por el voto popular el próximo 26 de octubre. La medida quedó aprobada durante una nueva sesión ordinaria conducida por el vicegobernador de la provincia y titular natural del Poder Legislativo, Dr. Carlos Silva Neder, dónde los diputados, cumpliendo con la mayoría agravada que exige la Constitución Provincial y a través del voto nominal, se expresaron a favor de la intervención “a los efectos de restablecer el normal funcionamiento de las instituciones municipales ante la situación de acefalía que actualmente la afecta”.

En sus argumentos, expusieron: “El hecho determinante que ha dado origen a esta grave crisis institucional ha sido el fallecimiento inesperado del intendente electo, Miguel Angel Alvarez, circunstancia excepcional que generó un vacío de poder en el Ejecutivo municipal, el que fue inicialmente cubierto de manera interina por el Presidente del Concejo Deliberante, conforme a lo previsto por la normativa vigente. Sin embargo, la posterior renuncia de la totalidad de los concejales en ejercicio, incluida la autoridad que desempeñaba funciones ejecutivas, ha derivado en una situación de acefalía absoluta de ambos órganos de gobierno”. Agregaron: “Esta circunstancia ha dejado a la Ciudad de Beltrán sin autoridades legítimas en el ejercicio regular de las funciones de gobierno como así también para la prestación de servicios públicos esenciales y la gestión responsable de los bienes y recursos del municipio. Frente a este escenario, y en virtud de lo establecido por el artículo 223 de la Constitución de la Provincia de Santiago del Estero, corresponde al Poder Legislativo adoptar una medida excepcional de intervención de los poderes municipales, como instrumento constitucional destinado a garantizar la estabilidad institucional, asegurar la gobernabilidad local, encauzar la situación hacia la normalización democrática mediante los mecanismos legales correspondientes”.

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